Términos y condiciones


Son derechos de nuestros clientes:

Disfrutar de las instalaciones del hotel,  conocer los requisitos legales aplicables aplicable a los huéspedes para realizar sus actividades turísticas, derecho a fumar en áreas destinadas para ello,  a recibir un buen servicio,  al uso de la habitación una vez haya firmado su contrato de hospedaje y cancelado su estadía con los medios utilizados por el hotel (efectivo o tarjetas de crédito o débito), a ser atendido en sus inquietudes sobre el servicio y a que si no se siente a gusto por la prestación del servicio sea anulado su contrato y por ello reciba la devolución de su dinero(si la causa es justificable).  Nuestros huéspedes pueden disfrutar de los sitios turísticos de Girardot.  Tienen derecho a estar informado de nuestro compromiso con la sostenibilidad y a participar de ellos para hacer del servicio un ejemplo para la optimización y el uso racional de los recursos puesto a su disposición.   El huésped tiene derecho a conocer la tarifa y precios del hotel y admitir sus modificaciones sin previo aviso. Tiene derecho a conocer el código de conducta por el cual el hotel se rige y no permite bajo ninguna circunstancia el ingreso de niños, niño y adolecente con fines de explotación comercial o abuso sexual.

Son deberes de nuestros clientes:

Suministrar sus documentos para el debido registro y en el caso de traer menores de edad suministrar sus documentos para la confirmación de su parentesco.  El huésped se obliga a pagar la tarifa pactada en efectivo o con tarjetas de crédito o débito para recibir su servicio de alojamiento una vez se hay finiquitado el debido contrato de hospedaje donde se mencionan estas normas.  El huésped debe respetar las zonas sociales del hotel, además de respetar la tranquilidad de los clientes.  Debe realizar la clasificación de basuras para cooperar con el buen manejo de los deshechos.   Debe dar uso racional al agua y a la energía tratando de dar uso racional de estos recursos ya que el hotel está comprometido con el desarrolla de la actividad hotelera en un ambiente sostenible. El huésped se obliga a cumplir con el código de conducta y cualquier conducta impropia que contravenga esta disposición será informada por parte del hotel  a las autoridades pertinentes. El huésped debe dar buen uso a las instalaciones del hotel y a todos los accesorios que se encuentren en las habitaciones puestos a su servicio y en caso de daño deberá responder por el bien al hacer entrega de su habitación salvo que el daño se dé por causa no generada por el huésped.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS COLABORADORES Y PROVEDORES DEL HOTEL ELIMAR GIRARDOT

El propietario del hotel, a partir del nombramiento del líder de sostenibilidad otorgo poder suficiente y necesario a este para realizar inicialmente el estudio del las condicione actuales del hotel e implementar todo lo que esté a nuestro alcance para desarrollar la actividad de alojamiento y hospedaje de personas en armonía con la norma NTS TS 002 de sostenibilidad para el ejercicio de esta actividad. Como el hotel es una pequeña empresa y cuenta con cuatro empleados entre los cuales el administrador es el líder del programa de sostenibilidad.  Se determinó que cada norma que se tome para corregir y disminuir los gastos será informada de manera directa a sus colaboradores y estos al conocer las nuevas disposiciones deberán acatarlas y ponerlas en práctica.  En cuanto a los proveedores se les dará a conocer nuestros propósitos de sostenibilidad para que en lo que puedan colaborar lo hagan y en conjunto con todos logremos acomodarnos a las nuevas disposiciones legales de trabajo,  no olvidar nuestro lema “NUESTRO COMPROMISO ES SERVIR CON CONCIENCIA”.

TERMINACION DE CONTRATO. El contrato de hospedaje termina: a) por vencimiento del plazo fijo pactado. B) por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones por partes. El incumplimiento tanto del huésped no lo exonera del pago del canon completo por el lazo pactado. C) cuando el contrato sea celebrado dia a dia, o sea, cuando no costa expresamente expresamente  en  las  tarjetas  de  registro  ero fijado según el contrato. D) Cuando el contrato sea a  plazo determinado, terminará  por el  vencimiento de  éste, en  cuyo  caso  EL  HOTEL  podrá  disponer  de  la  habitación. En caso  de  terminación  anticipada  EL HUÉSPED   deberá   pagar   la   tarifa   correspondiente   al   plazo   completo,   a   menos   que   exista   causa razonable   que,   a   juicio   del   HOTEL,   ameritan   la   terminación   anticipada   del   contrato,   como   son   la calamidad doméstica, enfermedad de HUÉSPED o del grupo a su cargo, problemas del cupo aéreo, etc.

DESACUERDO  DE  LA  TERMINACIÓN.  Si  surge  desacuerdo  entre  EL  HUÉSPED  y  EL  HOTEL  en  cuanto  a terminación  del  contrato.  EL  HOTEL  además  de  la  suspensión  del  servicio,  tomará  todas  las  medidas, necesarias para que EL  HUÉSPED pueda disponer de su  equipaje y objetos personales o los trasladará a un depósito seguro y adecuado sin responsabilidad del HOTEL

PRUEBA  DEL  CONTRATO.  El  contrato  de  hospedaje  se  prueba  mediante  la  tarjeta  de  registro  que  el HOTEL   expida,   aceptada   por   la   firma  del   huésped   la   cual   hace  constar   que   éste   se  adhiere   a  las estipulaciones  aquí  contenidas.  EL  HUÉSPED  acepta  expresamente  que  la  suma  líquida  de  dinero  que conste en la factura, prestará mérito ejecutivo.

RESPONSABILIDAD  POR  PÉRDIDA.  Si  el  HUÉSPED  no  entrega  al  HOTEL  los  objetos  que  desee  que  le custodien,  se  exonera  al  HOTEL  de  toda  responsabilidad  en  caso  de  pérdida,  por  tanto,  los  objetos  de valor   como   joyas,   cámaras,  dinero,   equipos   o  utensilios   que  permanezcan   en   la  habitación,   áreas comunes  o  áreas de servicio diferentes  a  las  que el  HOTEL  dispone para  depósito  estarán bajo  el único riesgo del HUÉSPED ya que en este caso el HOTEL no asume responsabilidad alguna, en caso de pérdida o  deterioro.  EL  HUÉSPED  autoriza  al  HOTEL  para  llenar  los  espacios  en  blanco  en  la  tarjeta  de  registro del HOTEL.

ADVERTENCIA:  en  nuestro  desarrollo  con  lo  dispuesto  en  el  artículo  17  de  la  ley  679  de  2001  EL HOTEL  advierte  al  HUÉSPED  que  la  explotación  y el abuso  sexual de  menores  de  edad  en  el país  son castigados penal y civilmente conforme a las disposiciones legales vigentes”.

Resolución   3840   24/12/2009.   CÓDIGO   DE   CONDUCTA.     5.   Impedir   el   ingreso   de   niños,   niñas   y adolescentes   a   los   es   o   lugares   de   alojamiento   y   hospedaje,   bares,   negocios   similares   y   demás establecimientos  en   los   que   se  presten  servicios   turísticos,  con   fines  de  explotación   o  de  abuso sexual.   7.   Denunciar  ante   el   Ministerio   de   Comercio,   Industria   y   Turismo   y   demás   autoridades competentes,  los   hechos   de   que   hubiere   tenido  conocimiento  por  cualquier  medio,  así  como  la existencia de lugares, relacionados con explotación sexual de niños, niñas y adolescentes